Estoy en España en situación irregular, ¿me pueden expulsar?
7/6/2023
Hay muchas personas extranjeras que por diversas circunstancias se encuentran o se quedan en España en situación irregular (por ejemplo, pierden su permiso al no poder renovar). En esos momentos surgen muchas incertidumbres acerca de la posible orden de expulsión del territorio que puede recaer sobre ellas y las opciones que uno puede tener.
Ciertamente, la expulsión es una sanción administrativa prevista para determinadas conductas y la lista de infracciones que pueden acarrear una sanción de expulsión incluye conductas consideradas como muy graves, tales como: participar en actividades contrarias a la seguridad nacional o al orden público, inducir o facilitar la inmigración clandestina con ánimo de lucro, realizar conductas discriminatorias por motivos raciales o religiosos, contratar trabajadores extranjeros sin la autorización correspondiente o simular relaciones laborales con extranjeros con fines de lucro.
Además, la sanción de expulsión del territorio puede asimismo imponerse contra conductas que podrían considerarse de menor entidad, como por ejemplo tan solo encontrarse irregularmente en territorio español (es decir, “sin papeles”).
Estos últimos casos son los que más incertidumbre generan, pues son muchas las personas que se encuentran en esta situación y temen por su permanencia en España y una posible vuelta forzosa a su país de origen.
La infracción prevista en caso de no “tener papeles” es, en términos generales, una multa que puede ir de los 501 a los 10.000 euros.
No obstante, la normativa contempla la posibilidad de sustituir estas multas por la expulsión del territorio si los hechos lo justifican. Por ejemplo, en función de la situación personal del extranjero, los posibles antecedentes policiales, o la inexistencia de vínculos/arraigo en España, etc. De este modo, a las personas que simplemente se encuentran de forma irregular en territorio español (“sin papales”) no se les suele aplicar la sanción de expulsión si no hay motivos extraordinarios que lo justifiquen, pues dicha sustitución sería considerado desproporcionada.
Muy diferente es la situación de una persona extranjera que cometa un delito en España.
Contra esa persona se iniciaría un proceso judicial penal, y si fuera condenada a una pena de prisión de más de 1 año, se le podrá sustituir la pena de prisión por la expulsión del territorio español, independientemente de si el extranjero tiene o no residencia legal en España.
La sustitución de la pena de prisión por la expulsión procederá siempre y cuando no se considere desproporcionada a la vista de las circunstancias del delito y del autor, especialmente su arraigo en España.
Fuera del ámbito penal, volviendo al procedimiento administrativo sancionador, si no “tienes papeles”, es importante considerar que la sanción de expulsión se impone, en cualquier caso, tras la previa tramitación del correspondiente expediente administrativo, con todas sus garantías procedimentales, que incluyen trámite de Alegaciones y posterior Recurso. La resolución de dicho expediente deberá ser motivada, tras una ponderación de la situación, aplicando el llamado principio de proporcionalidad. Es decir, la Policía no puede detenerte y meterte directamente en un avión de vuelta. Todo lleva su proceso legal y es importante defender tus derechos.
Por lo tanto, en el caso de que se inicie un procedimiento sancionador, es importante ponerse en contacto un Profesional experto en esta materia tan pronto como recibas una notificación de inicio de expediente.
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