Nuevas medidas de control sanitario en frontera para los pasajeros procedentes de la República Popular China
1/10/2023
Este pasado 31 de diciembre de 2021 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución por la que establecen nuevas medidas de control sanitario a aplicar a todos aquellos pasajeros que lleguen a España procedentes de la República Popular China. Ello significa que los vuelos procedentes de otros orígenes, como Hong-Kong, no se verán afectados por estas medidas.
Esta Resolución se aprobó para hacer frente al incremento de las infecciones por COVID-19 que están sucediendo en la República Popular China, en perspectiva a la celebración de su año nuevo el 22 de enero y los desplazamientos internacionales que ello puede causar, más teniendo en cuenta la eliminación de las restricciones de viaje en este país a partir del día 8 de enero de 2023.
Atendiendo al principio de precaución, se ha optado para adoptar medidas de carácter urgente en materia de vigilancia y control sanitario, que consisten en establecer controles sanitarios en los puntos de entrada para todos aquellos pasajeros que lleguen a España desde la República Popular China por vía aérea. Estos controles incluyen la toma de temperatura, un control documental y un control visual del estado físico de las personas.
En el caso del control de temperatura, se establece un límite de detección igual o superior a 37,5ºC.
El control documental consistirá en la presentación de alguno de los siguientes documentos:
- Certificado de vacunación.
- Certificado de prueba diagnóstica de infección activa de COVID-19 con resultado negativo.
- Certificado de recuperación (que tendrá una validez de 180 días después de la fecha del primer resultado positivo).
Además, con independencia a la presentación de alguno de estos certificados, en los puntos de entrada se les podrá realizar una prueba de diagnóstico de infección e incluso una evaluación médica.
En caso de que alguna de estas pruebas (temperatura o prueba diagnóstica) arrojara algún resultado positivo o sospechoso, se activaría el protocolo de comunicación y coordinación establecidos con los servicios sanitarios de las comunidades autónomas, a fin de evitar la propagación de la infección.
Quedan excluidos de la aplicación de estas medidas los menores de 12 años y aquellos pasajeros en tránsito cuya estancia en España no sea superior a veinticuatro horas.
En el caso de incumplirse lo previsto en la Resolución, sería de aplicación el régimen sancionador de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, en la que se contemplan sanciones de hasta 3.000€ para las sanciones leves y de entre 3.001 hasta 60.000€ para las graves.
Estas medidas estarán vigentes hasta el 15 de febrero de 2023, sin perjuicio de eventuales modificaciones o ampliaciones para responder a cualquier cambio de circunstancias o hacer frente a un incremento en las infecciones en nuestro país.
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