Autorización de Trabajo por Cuenta Propia | ¿Qué implica?

13/12/2022

Extranjeria 24h. ABOGADOS INMIGRACIÓN
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Son comúnmente conocidas las autorizaciones de residencia que permiten a los extranjeros ser contratados y trabajar en una empresa. Pero, de igual manera, existen permisos que permiten trabajar por cuenta propia, lo que se conoce en España como Profesionales Autónomos.

 

Se consideran trabajadores autónomos aquellos que realizan de forma habitual, directa, personal, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica profesional a título lucrativo. En este tipo de permisos sólo existen dos actores jurídicos: el trabajador extranjero y la Administración.

 

Los trabajadores autónomos son un sector no menos importante y cuyas obligaciones legales como negocio pueden entrañar diversas dudas que hay que conocer antes de emprender este tipo de actividad. En España, puedes ejercer una actividad tanto como persona física (autónomo) como persona jurídica (mediante la constitución de una empresa).

 

Si eres titular de una Autorización de Residencia y Trabajo por Cuenta Propia y vas a iniciar tu carrera como trabajador independiente, a continuación, se van a exponer las obligaciones legales más importantes, centrándonos en los autónomos que trabajan como persona física:

 

En primer lugar, se debe comunicar el Alta como Autónomo a la Seguridad Social y comenzar a abonar la cuota que mensualmente corresponda. Esto es lo que coloquialmente se denomina la “cuota de autónomos” (cuidado que a partir del 01/01/2023 cambia el sistema).

 

En segundo lugar y de forma paralela, debes darte de alta como Autónomo ante las Autoridades Fiscales Españolas (“Hacienda” para los amigos). Ello se hace mediante el Modelo 036 o 037, y se conoce como Declaración Censal. En ella se recogen los datos relativos a tu persona, tu actividad, el lugar de actividad… y será determinante para valorar qué impuestos se te aplican (no es lo mismo prestar Servicios Sanitarios, que Legales o de Estética). 

 

Este segundo paso es pues determinante porque marca el comienzo de todas las obligaciones fiscales que tu actividad va a tener. De acuerdo con ello, debes conocer qué impuestos se te aplican.

 

Con carácter general, si eres trabajador autónomo, los más importantes serán: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

 

Ambos impuestos pueden conllevar la obligación de presentar tanto declaraciones trimestrales como una declaración resumen anual: que, en el caso del IRPF, coincide con la “Declaración del Renta” donde se incluirán los Ingresos obtenidos como Trabajador autónomo.

 

Las declaraciones trimestrales suponen puntos de control sobre la actividad cada 3 meses y, normalmente incluirán la Declaración del IVA y la declaración de retenciones e ingresos a cuenta. Esta última declaración, se refiere a los impuestos que se van pagando a cuenta de la Declaración de la Renta es, digamos, el equivalente a lo que le “retienen” a un trabajador de su nómina cada mes.

 

De acuerdo con todo esto, en el desarrollo de tu actividad será fundamental que cuentes con los denominados ‘’Libros Oficiales de Contabilidad’’ que serán el soporte donde registrar todos los movimientos en tu empresa (ingresos, gastos, etc…) y la base para poder realizar por tanto las Declaraciones que correspondan de forma precisa.

 

Conocer todo esto no sólo es importante para estar al corriente con las obligaciones fiscales y no tener problemas, sino que será también necesario para obtener la renovación de tu permiso de residencia y trabajo por cuenta propia donde se va a verificar la viabilidad de tu actividad y tus recursos para continuarla.

 

Por ello, aconsejamos invertir en un correcto asesoramiento legal y fiscal, ya que la delegación de la gestión de la contabilidad y de los impuestos puede evitarnos posibles problemas y descuidos a la par que permite dedicar todo ese tiempo a desarrollar adecuadamente nuestro negocio.

 

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