Gestión Colectiva de Contrataciones en Origen según el Borrador de la Ley de Extranjería de Julio de 2024
23/07/2024
Gestión Colectiva de Contrataciones en Origen según el Borrador de la Ley de Extranjería de Julio de 2024
El borrador de la ley de extranjería de julio de 2024 trata de nuevo este tema para "recular" tras la reforma realizada en el año 2022 y que no ha terminado de cuajar (tan solo se ha llegado a aplicar unos 11 meses). Se regresa al sistema anterior de contratación en origen como base general y se limita la contratación colectiva con intervención y apoyo de las Autoridades Españolas de Inmigración a supuestos concretos que incluyan grupos de trabajadores por encima de los 10 miembros. De esta manera se justifica la intervención y colaboración de las autoridades en los procesos de selección de personal en origen.
Definición y Objetivo
La gestión colectiva de contrataciones en origen permite a las empresas contratar grupos de trabajadores extranjeros de manera eficiente y organizada. Esta modalidad es ideal para sectores que requieren una gran cantidad de mano de obra temporal.
Beneficios de la Gestión Colectiva
Entre los beneficios destacan la reducción de tiempos de tramitación, una mayor seguridad jurídica y la posibilidad de gestionar varias autorizaciones de manera simultánea. Esto facilita la planificación y ejecución de proyectos que requieren mano de obra extranjera.
Orden Anual y Situación Nacional de Empleo.
Salvo que exista una Orden Anual que determine la necesidad de contratación de acuerdo con el Art. 39.1 de la Ley Orgánica de Extranjería estableciendo una previsión anual de las ocupaciones requeridas y las cifras previstas de contratación, será obligatorio superar la Situación Nacional de Empleo. Es decir, las empresas deberán acreditar que nadie en España (de los millones de personas desempleadas) pueden realizar ese trabajo. Esto se podrá acreditar de las distintas formas que determina la Ley (por ejemplo, oferta pública de empleo a través del INEM).
Requisitos para la Gestión Colectiva
Las empresas deben garantizar que los trabajadores extranjeros contratados cuenten con todas las condiciones necesarias para su estancia y trabajo en España. Esto incluye gastos de desplazamiento, de comprensión en su idioma (si fuera necesario) y de alojamiento adecuado.
Conclusión
Todo apunta a una vuelta al modelo anterior, que aunque malamente, funcionaba. La propuesta del año 2022 se revelado como inoperativa.
Bien es cierto que, con este movimiento, no se satisface la demanda de muchas empresas que manifiestan no encontrar el talento necesario en España y, sin embargo, sufren para acreditar documentalmente conforme determina la normativa actual que no hay nadie en España que quiera desarrollar esas ocupaciones: Transportistas, Albañiles, Fontaneros, Carpinteros, etc...
Veremos a ver en qué queda este tema, que seguiremos muy de cerca!
Alvaro Villacampa, Abogado 6159 del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza
#losAbogadosHermanos
@extranjeria24h