Los Antecedentes Penales, su Cancelación y la Solicitud de Nacionalidad Española

31/01/2023

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El Certificado de antecedentes penales es uno de los documentos más importantes a la hora de tramitar cierto tipo de procedimientos legales en España, desde Permisos de Residencia (e.g. Arraigos) hasta la misma Solicitud de la Nacionalidad Española por Residencia.

Los antecedentes penales son un registro de las infracciones y delitos cometidos por una persona. Para algunos procedimientos legales, el interesado deberá solicitar este certificado en su país de origen, legalizarlo/apostillarlo y, en su caso, traducirlo para que el documento sea reconocido por las Autoridades Españolas

Por ejemplo, para la Solicitud de Nacionalidad Española por Residencia será necesario adjuntar un Certificado de Antecedentes Penales del país de procedencia y, además, la Administración Española verificará que el solicitante no tiene antecedentes penales tampoco en España. Ello se debe a que uno de los requisitos para este procedimiento legal es, a parte de acreditar residencia legal y continuada, tener un buen comportamiento cívico.

Si una persona tramita su expediente de Nacionalidad Española y tiene antecedentes en España, esta petición de nacionalidad se considerará desfavorable y será denegada. Sin embargo, si se tienen antecedentes, pero ha transcurrido un cierto tiempo desde la condena y se ha cumplido con las condiciones establecidas para la cancelación de los mismos, se podrá solicitar sin problemas la Nacionalidad Española por Residencia si se ha completado el correspondiente procedimiento para eliminarlos.

Por ello, si el solicitante tiene algún tipo de antecedente penal en España, será necesario iniciar previamente un procedimiento legal llamado Cancelación de Antecedentes Penales.

Para ello, deberemos que conocer qué antecedentes tenemos mediante la solicitud de este certificado a través del al Registro Central de Penados y Rebeldes (RCPR).  Esta solicitud se puede hacer tanto por vía electrónica como de manera presencial, rellenando un formulario y abonando una tasa que, a día de hoy, asciende a 3,86 euros.

Si de dicho certificado se desprende la existencia de antecedentes, tendremos que iniciar el procedimiento para solicitar la cancelación que variará dependiendo de la infracción cometida y del tiempo transcurrido desde que se cometió. Cabe destacar que el antecedente penal lo constituye la nota de condena por lo que su cancelación afecta al conjunto de penas impuestas en sentencia firme y no a cada una de las penas individualizadas.

Este procedimiento, regulado en el Código Penal, establece que, una vez transcurrido un cierto plazo desde la condena, el condenado puede solicitar la cancelación de su antecedente penal.

Es importante tener en cuenta que, para solicitarla, el condenado debe cumplir algunas condiciones, como no haber vuelto a ser condenado desde la sentencia que se quiere cancelar, y no estar pendiente de cumplir ninguna otra condena.

El plazo dependerá de la gravedad de la condena (art. 136 del Código Penal).

  • Seis meses para las penas leves.
  • Dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.
  • Tres años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años.
  • Cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.
  • Diez años para las penas graves.

La cancelación se puede solicitar igualmente, tanto por vía telemática con certificado digital, como presencialmente en el Registro General del Ministerio de Justicia, en cualquiera de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, en registros habilitados e incluso por vía postal.

En caso de ser aceptada la petición, se ordenará la cancelación de los antecedentes penales en el Registro Central de Penados y Rebeldes.

En cualquier caso, si han existido Antecedentes Penales en España, nuestra recomendación es tomar la iniciativa y no solo Consultar y Cancelar los Antecedentes en el Registro Central de Penados y Rebeldes sino también en las Bases de Datos Policiales Españolas (Cuerpo Nacional de Policía y Guardia Civil). Con lo que tarda el Procedimiento de Nacionalidad Española por Residencia y el alto impacto que tiene en la vida de nuestros Clientes, recomendamos asegurarse al máximo de que no va a existir ningún problema.

Por ello, tanto si necesita conocer la existencia de estos posibles antecedentes, así como si está interesado en cancelarlos, no dude en ponerse en manos de Abogados profesionales que le ayuden a realizar todos estos trámites de una manera sencilla y efectiva.

 

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