Medios Económicos necesarios para conseguir la Residencia como Europeo o Familiar de Europeo

06/07/2022

Extranjeria 24h. ABOGADOS INMIGRACIÓN
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¿Te han rechazado una solicitud de Tarjeta de Familiar de Ciudadano UE o Certificado de Registro UE por no demostrar medios económicos correctamente? O ¿simplemente quieres informarte por encontrarte en dicha situación?

 

En este post, nos centraremos únicamente en el caso en el cual el Ciudadano de la Unión Europea no ejerce una actividad laboral en España. Esto es cuando la persona no trabaja y no se encuentra dado de alta en la Seguridad Social.

 

Uno de los requisitos generales para tramitar estas tarjetas de residencia es demostrar que se disponen medios económicos suficientes durante su residencia en el país (tanto para mantenerse a sí mismo cómo a los miembros de su familia). Por ello, en el caso de no trabajar, se debe analizar cómo acreditar estos medios sin olvidar tampoco que, en este caso, también será necesario contratar un seguro médico privado al no estar cubiertos por el Sistema Nacional de Salud. Este Seguro Privado debe tener cobertura completa en España, es decir, sin copagos ni carencias (causa común de denegación).

 

Volviendo a los medios económicos, es imprescindible disponer de dinero suficiente y las formas de acreditación varían según las circunstancias. Por ejemplo, mediante una cuenta bancaria (en este caso se aportaría un certificado bancario que muestre el saldo actualizado), títulos de propiedad, documentación sobre ingresos o rentas de alquileres o de cualquier otro tipo de activo, por ejemplo, si disponemos de una pensión, etc.

 

Pero ¿qué o quién nos indica esta cantidad mínima? Esto sin duda es una de las dudas más frecuentes, ya que las cantidades exigidas no vienen determinadas específicamente en la normativa de aplicación (ni en la Directiva 2004/38/CE, ni en el RD 240/2007, cómo tampoco en la Orden PRE/1490/2012, de 9 de julio).

 

Para la Autoridades, la referencia de los medios económicos depende de las cuantías que periódicamente se establecen en la Ley de Presupuestos Generales del Estado Español. En concreto, cómo mero indicador se aplica el equivalente al IPREM anual como cuantía de ingresos límite para poder recibir una pensión no contributiva en este año 2022 (5.808,04 euros anuales).

 

Ahora bien, la cantidad exigida varía en función de la composición familiar, es decir, el número de personas que vivan o dependan del Ciudadano Europeo.

 

A TENER EN CUENTA: Por cada miembro adicional de la familia incluido en la solicitud, se tiene que aplicar el 70% a la cifra anterior, (5.808,04 euros) dando un total de: 4.065,63 euros que habrá que ir sumando sucesivamente.

 

Posibles situaciones familiares para 2022:

➡️ 1 Persona: 5.808,04 €

➡️ 2 Personas: 9.874,00 €

➡️ 3 Personas: 13.940,00 €

➡️ 4 Personas: 18.005,00 €

➡️ 5 Personas: 22.071,00 €

 

Cualquier duda, ponte en Contacto con Nosotros y nuestros Abogados resolverán todas tus cuestiones.

 

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