Nómadas Digitales: Visado para Teletrabajar en España

15/11/2022

Extranjeria 24h. ABOGADOS INMIGRACIÓN
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El nuevo proyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, más conocida como Ley de Startups, aprobada el pasado 3 de noviembre en el Congreso, prosigue su trámite en el Senado y se espera que entre en vigor en 2023. Ha costado varios años, pero parece que finalmente va a convertirse en una realidad.

 

Ésta tiene como objetivo favorecer la capacidad de internacionalización para atraer talento y capital para el desarrollo de empresas emergentes en España de base tecnológica y de trabajo a distancia con medios digitales. Resulta así necesario establecer ecosistemas favorables al establecimiento de emprendedores o trabajadores a distancia, conocidos como «nómadas digitales». 

 

Para ello, el texto fija beneficios fiscales, agilización en los trámites administrativos para constituir nuevos negocios en el territorio español, además de la creación de un nuevo permiso de residencia para nómadas digitales y extranjeros que trabajan en remoto en el país.

 

Con tal de atraer talento extranjero, la Ley incluye una mejora al acceso al régimen fiscal especial aplicable a las personas trabajadoras desplazas a territorio español, permitiéndose la aplicación de las ventajas fiscales a los trabajadores que, sea o no por orden del empleador, se desplacen a España para trabajar a distancia. Entre las ventajas se incluye la opción de acogerse al régimen especial de tributación por el Impuesto de la Renta de no Residentes, permitiéndose así que los emprendedores y teletrabajadores residan y trabajen en España durante cinco años acogiéndose a este Régimen. 

 

Se pretende reducir también los requisitos burocráticos para los inversores que no vayan a residir en España, que no estarán obligados a obtener el número de identidad de extranjero (NIE), facilitando la solicitud electrónica del número de identificación fiscal (NIF).

 

Respecto del talento extranjero, como complemento a las medidas fiscales, se incorporan en el Proyecto de Ley un conjunto de medidas migratorias para facilitar la entrada y residencia no solo a los profesionales altamente cualificados sino también al emprendimiento y la inversión. Así, se modifica la Ley de apoyo los emprendedores introduciéndose una nueva figura: TELETRABAJADORES DE CARÁCTER INTERNACIONAL. Éstos son trabajadores de empresas radicadas fuera del territorio nacional pero que llevan a cabo su actividad laboral desde España mediante el uso exclusivo de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación, es decir, trabajan a distancia. 

 

Para ello, el proyecto de ley recoge un Nuevo Visado para poder teletrabajar en España, con una Autorización de Residencia y Teletrabajo, permitiendo a estos trabajadores permanecer en España para ejercer una actividad laboral o profesional. 

Podrán solicitarla aquellos profesionales altamente cualificados quienes acrediten ser graduados o postgraduados de universidades, formación profesional y escuelas de negocios, o que cuenten con una experiencia profesional de al menos 3 años.

 

Para solicitarla deberán cumplir los requisitos generales establecidos en la ley además de los siguientes: 

  • Acreditar una actividad real y continuada de al menos un año de la empresa con la que se mantiene una relación laboral o profesional. 
  • Demostrar que el trabajo se puede realizar en remoto.
  • Probar la existencia de la relación laboral o profesional entre trabajador/profesional y la empresa durante al menos los 3 últimos meses.

 

El Visado que podrán solicitar estos nómadas digitales tendrá una vigencia de un año o la del periodo de trabajo si éste fuera inferior, y constituirá título suficiente para residir y trabajar a distancia en España durante su vigencia. 

 

Durante los sesenta días anteriores a la expiración del visado, si el teletrabajador estuviera interesado en seguir residiendo en España, podrá solicitar la autorización de residencia siempre y cuando se mantengan las condiciones que generaron el derecho. Esta autorización tendrá una vigencia máxima de tres años, renovable por periodos de dos años. 

 

De momento sólo se trata de un Proyecto de Ley que puede verse ampliamente modificado durante los trámites que restan para su oficial aprobación y entrada en vigor. Estaremos pendientes de cualquier cambio y novedad que pueda darse para seguir manteniéndoles informados. 

 

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