Aprobada la Proposición No de Ley sobre la Protección Temporal a venezolanos

07/11/2018

Extranjeria 24h. ABOGADOS INMIGRACIÓN
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El pasado 30 de Octubre se aprobó en el Congreso de los Diputados la Proposición No de Ley (PNL) para la Protección Temporal a los venezolanos en España y, debido a varias consultas que nos han realizado esta semana, vamos a explicar qué significa esta Proposición No de Ley.

 

La PNL es la forma genérica con que se conocen en España a las propuestas que hacen referencia a las iniciativas surgidas en las Cortes cuya finalidad sea la aprobación por estas de textos o resoluciones que no tengan carácter de ley.

 

Estos textos y resoluciones están dirigidos, en general:

  • a pedir o a instar al gobierno o a alguno de sus miembros a realizar una acción concreta,
  • a mostrar públicamente una opinión mayoritaria o general de las Cortes en algún tema,
  • a sentar las bases o principios con respecto a alguna actuación de las administraciones públicas.

 

Por tanto, esto no significa que se haya aprobado una ley para regularizar temporalmente la situación de los residentes de Venezuela en nuestro país mediante esta protección, sino que lo que ocurrió en el Congreso es que se dio a conocer la postura de los diferentes partidos políticos en relación a lo que esta ocurriendo en Venezuela y así, solicitar al Gobierno que tome una decisión al respecto.

 

En consecuencia, es ahora el Gobierno de España el que deberá aprobar o denegar lamedida a favor de la legalización de la migración venezolana, pero ¿qué es lo que contiene esta medida de Protección Temporal para venezolanos en España? La normativa propuesta incluiría:

  • un permiso de residencia temporal,
  • la obtención de un permiso de trabajo (tanto por cuenta ajena o propia) para poder tributar en España y así contribuir a la Seguridad Social,
  • acceso a la atención sanitaria universal,
  • y el libre desplazamiento por territorio español que no necesariamente incluirá poder viajar dentro de la Unión Europea, o a otros países de fuera.

 

Estos beneficios son similares que a los del solicitante de asilo, pero la diferencias es que no se deberán aportar pruebas de que se afronta una situación de riesgo a la salud o a la vida o de persecución, ya que el Gobierno reconocería la situación de emergencia de que padece Venezuela.

 

Ahora bien, hasta el momento no se ha aportado ningún avance y tampoco conoce ningún detalle más desde su promesa meses atrás y, como decíamos, es ahora el gobierno el que debe decidir si aceptar o no la propuesta del Congreso.

 

Estaremos atentos ante cualquier novedad que publicaremos aquí y en nuestras redes sociales.

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