Autorización de Regreso: Viajar mientras renuevas tu tarjeta
10/04/2019
La Autorización de Regreso es un permiso que proporciona la Oficina de Extranjeros para poder salir y volver al territorio español a los extranjeros, mientras se encuentren en periodo de prórroga de su estancia o de renovación de su tarjeta de residencia.
Para poder solicitarla es necesario cumplir uno de los siguientes supuestos:
- Ser titular de una autorización de residencia o estancia y haber iniciado los trámites de renovación o prórroga de la autorización dentro del plazo legal.
- Ser titular de tarjeta de identidad de extranjero en vigor y haber presentado solicitud de duplicado de la tarjeta por robo, extravío, destrucción o inutilización.
- Acreditar que el viaje responde a una situación de necesidad y concurren razones excepcionales y tener resuelta favorablemente la autorización inicial de residencia o estancia y tener en trámite la expedición de la tarjeta de identidad de extranjero.
La autorización de regreso se podrá utilizar para todas las salidas y el posterior retorno que se precisen durante la vigencia de la autorización que no será superior a 90 días contados:
- Si la autorización de residencia o estancia no está en periodo de renovación, desde la fecha de concesión.
- Si la autorización de residencia o estancia está en periodo de renovación:
- Desde la fecha de caducidad de la autorización, si se solicita antes de que caduque.
- Desde la fecha de concesión, si se solicita después de la caducidad de la autorización.
¡Atención! La autorización de regreso sólo será documento válido para cruzar la frontera a través de puestos fronterizos españoles y no a través de otros puestos de cualquier otro Estado Schengen.
Para más información, consulta con nuestros Abogados!
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