Finalizo mis estudios ¿y ahora qué?

08/05/2019

Extranjeria 24h. ABOGADOS INMIGRACIÓN
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¿Viniste a estudiar a España y este año finalizas tu estudios? ¿Quieres quedarte para residir y trabajar en España pero no sabes como proceder? Hoy te explicamos las diferentes vías que hay para pasar de la Estancia por Estudios a un Permiso de Residencia que le permita trabajar:

 

Modificación a residiencia y trabajo

 

Si llevas más de tres años estudiando en España, puedes solicitar una modificación ante la Oficina de Extranjeros a un permiso de residencia y trabajo. Para ello necesitarás haber superado y concluído los estudios así como acreditar que no se ha recibido beca o subvención por parte de organismos públicos o privados. Además, caben dos vías para trabajar:

  • Por cuenta ajena: En este caso, nesecesitarás disponer de una oferta de trabajo que te garantice una actividad laboral y continuada durante el periodo de vigencia de la autorización para residir y trabajar. 
  • Por cuentra propia: Se necesitará acreditar poseer la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión. Además, se necesitará acreditar que se cuenta con inversión económica suficiente y realizar un proyecto de establecimiento o actividad a realizar, con indicación de la inversión prevista, su rentabilidad esperada y, en su caso, puestos de trabajo cuya creación se prevea.

 

Permiso para la búsqueda de empleo

 

En el caso de que acabes los estudios de grado, máster o de doctorado y no hayas encontrado un trabajo, puedes solicitar un permiso para la búsqueda de empleo. Este empleo debe de estar relacionado con los estudios que hayas finalizado y una vez encontrada el empleo, se debe solicitar nuevamente el cambio al permiso de trabajo. Aquí te de detallamos más acerca de este permiso.

 

Momento de dar un paso más

 

Si por suerte has conocido a tu media naranja, que pertenece a un país miembro de la UE, y estaís pensando en ir hacia adelante en vuestra relación, es decir, estáis pensando en casaros o haceros pareja de hecho, gracias a esta relación se puede obtener un permiso de residencia y trabajo. Aquí os dejamos las diferencias entre el Matrimonio y la Pareja Registrada.

 

Si estas dos opciones las consideráis muy precipitadas y disponéis de pruebas que documenten vuestra relación, existe una tercera opción y esta es la vuestra: La Pareja NO Registrada 

 

Prórroga de Estudios

 

En el caso de que desees continuar formándote, lo único que deberás hacer es solicitar la prórroga de los estudios cumpliendo nuevamente los requisítos, es decir, acreditar haber superado los estudios y los datos del nuevo centro de estudios (aquí te dejamos lo que necesitas para estudiar en España).

 

Lo que debes saber, es que tambien puedes trabajar con el permiso de estudiante siempre y cuando sea compatible con la realización de los estudios. Para ello, necesitarás solicitar la autorizacion para trabajar ante la Oficina de Extranjeros y si lo aprueban, podrás trabajar a tiempo parcial en un puesto de trabajo relacionado con el ámbito de tus estudios.

 

 

Para más Información, consulta con nuestros Abogados!

 

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