Nuevo reglamento de reconocimiento de documentos entre países de la UE

27/02/2019

Extranjeria 24h. ABOGADOS INMIGRACIÓN
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El reglamento está en vigor desde el año 2016 pero hasta este mes, exactamente hasta el 16 de febrero no era aplicable y trata sobre el reconocimiento de documentos públicos entre los países miembros de la Unión Europea.

 

Primeramente, debemos saber qué se entiende por documento público. Un documento público es todo aquel documento expedido por las autoridades públicas, como por ejemplo: actas notariales, partidas de nacimiento, certificados de matrimonio, documentos consulares, sentencias judiciales, etc.

 

Ahora bien, el reglamento simplifica la circulación de los documentos públicos entre países de la UE. Uno de los puntos más importantes es la supresión de la Apostilla, es decir, los documentos como los certificados de nacimiento o matrimonio no necesitarán llevar el Sello del Convenio de la Haya y deberán ser reconocidos como auténticos por las autoridades del país de destino del documento.

 

Otra de las novedades del Reglamento es que si el documento no está redactado en una de las lenguas oficiales del país de la UE que solicita el documento, los ciudadanos pueden solicitar a las autoridades un impreso estándar multilingüe que podrá adjuntarse a su documento público, por tanto, se suprime la obligación de realizar una traducción jurada.

 

En casos excepcionales, podrá ser exigida la traducción certificada dado que no todos los impresos estándar multilingües se expiden en todos los países de la UE pero, en este caso, las autoridades deberán aceptar la traducción jurada sin importar en que país de la UE se haya realizado.

 

 

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