¿Que és el Certificado de Concordancia?

19/12/2018

Extranjeria 24h. ABOGADOS INMIGRACIÓN
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Nos hemos encontrado casos de clientes, sobretodo en los de reagrupación familiar en régimen comunitario, en los que, a la hora de preparar el expediente para su posterior presentación ante la Oficina de Extranjeros, constan en sus documentos con nombres diferentes. Ello supone un problema, aunque no sean conscientes.

 

Esto puede deberse a un registro de nacimiento mal hecho por las autoridades del país de origen, o a un simple error de transcripción del acta de nacimiento en su documento de viaje. Y por tanto, no coinciden los datos que figuran entre sí, como por ejemplo ocurriría:

 

  • Si pretende reagrupar a su hija/o, y en su certificado de nacimiento su hija/o aparece su nombre con un error ortográfico, o falta el segundo nombre o el segundo apellido.
  • Si ha cambiado de apellido al casarse.
  • Si se ha cometido un error de trascripción en su pasaporte.
  • Si ha adquirido la nacionalidad española y, por tanto, su nombre aparecerá conforme a la legislación española (nombre, segundo nombre y dos apellidos), ya que hay países que solo tienen uno, o incluso tienen tres nombres.

 

 

Pues bien, para solucionar estar situaciones tan comunes, existe un certificado, denominado “Certificado de Concordancia”, un documento expedido por las autoridades del país, bien a través de su Gobierno, o mediante el Registro Consular (si este lo permite) a sus nacionales con el fin de acreditar que se trata de la misma persona la que aparece en los dos documentos distintos con nombre distinto.

 

Otra cuestión muy importante y que es bastante desconocida, es la obligación de comunicar la adquisición de la nacionalidad española a la Oficina de Extranjeros (como en los casos de cambio de residencia y estado civil).

 

De esta forma, la Oficina de Extranjeros (o la Unidad de Documentación de Extranjeros de la Policía Nacional) podrá emitir dicho Certificado de Concordancia que acredite que usted es la misma persona identificada anteriormente con un NIE como extranjero residente, y así hacer constar este cambio ante las distintas administraciones (Agencia Tributaria, Seguridad Social o la Dirección General de Tráfico) o incluso el banco.

 

Para solicitar el certificado necesitará:

  • Justificante de la cita.
  • Dos copias del modelo de solicitud EX15, debidamente cumplimentado e indicando el motivo por el que necesita dicho certificado.
  • Tasa modelo 790 – 012. de la Dirección General de la Policía, indicando “Certificados o informes emitidos a instancia del interesado”.
  • DNI en vigor.

 

Para mas información, no dudes en Consultar con nuestros Abogados!

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