Seguros médicos | Permiso de residencia

17/11/2021

Extranjeria 24h. ABOGADOS INMIGRACIÓN
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No son tantos los Visados/Permisos de Residencia que legalmente exigen un Seguro de Salud en España, sin embargo, son muchas las personas a las que se vende un Seguro de Salud con la idea de que es necesario para conseguir su Permiso de Residencia en España.

 

Esto se explica por las comisiones que se consiguen con esas ventas.

 

Desconfíe de cualquier persona que, para conseguir un Permiso/Visado lo primero que le ofrece es un Seguro de Salud, si fuera necesario, nunca es el primer paso, existen fases previas de mayor importancia para valorar la viabilidad de la solicitud.

 

 

¿Por qué se exige este requisito para algunos Permisos/Visados?

 

 

La respuesta es sencilla. Toda persona que venga a residir en España debe demostrar que no va a ser una carga para el Estado Español ni para su Sistema Público de Salud.

 

La manera más habitual de acreditar esto es ser trabajador en España o ser familiar directo de un trabajador. En este caso, estarán cubiertos por el sistema público el cónyuge, pareja de hecho registrada y los descendientes a cargo menores de 26 años, entre otros supuestos más particulares.

 

Así las cosas, la mayoría de los permisos de residencia permiten trabajar y/o derivan de un familiar que trabaja y, por lo tanto, no es necesario el Seguro Privado de Salud.

 

Existen unos pocos permisos en donde no se viene a trabajar o donde la vinculación familiar no te garantiza una cobertura sanitaria pública. Entre otros:

 

  • Autorización de estancia por Estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado.
  • Autorización de Residencia No Lucrativa.
  • Reagrupación Familiar de Ascendientes
  • Algunos Familiares de Español/Europeo (Hijos mayores de 26 años, ascendientes, novi@, etc….)

 

Cada vez son más frecuentes los Clientes que vienen con seguros privados de salud sin que sean necesarios, cuya duración mínima es de 1 año y que, además, se renuevan de forma automática. Hablamos de un ahorro entre los 600€-3.000€/año, en función de la edad y circunstancias de la persona.

 

Llevamos muchos años repitiendo lo mismo, nosotros, no vendemos seguros (y no es porque no nos ofrezcan (a diario) colaboraciones las Compañías Aseguradoras o Agentes), somos Abogados Colegiados y nuestro compromiso es con el Cliente y su procedimiento legal, no con la comisión de venta del seguro.

 

Recomendamos no dar el primer paso sin haber acudido a un Abogado especializado en la materia que pueda asesorarte con plenas garantías sobre la necesidad y características del Seguro de Salud.

 

Aquí puedes verificar la Colegiación en España de tus Abogados: Censo de Letrados

 

#hazloBien #doitRight

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